Digitalización de la Justicia: entre el deseo, el anhelo, la necesidad y la realidad (*)

Digitalización de la Justicia: entre el deseo, el anhelo, la necesidad y la realidad (*)

La inesperada llegada del Corona Virus (Covid-19) profundizó la necesidad de que el sistema judicial de la provincia del Chaco se aggiorne a los tiempos actuales en términos de digitalización de la justicia. Actualmente tenemos diferentes situaciones en los distintos fueros, la justicia federal ha producido avances muy interesantes digitalizando la mayoría de los expedientes encontrándose disponible a través de la plataforma habilitada, y la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido aprobar el uso de la firma electrónica y digital en el ámbito del Máximo Tribunal y del resto del Poder Judicial de la Nación a través de las Acordadas 11/2020 y 12/2020 respecto de todos los magistrados funcionarios de las instancias inferiores que desarrollan su actividad con el Sistema de Gestión Judicial.

Pero ningún sistema pudo evitar la paralización del sistema de justicia. La pandemia puso de manifiesto la falta de respuesta que los profesionales sentimos desde hace mucho tiempo respecto del expediente digital prometido y la realidad que nos toca vivir.

Las ausencias son tales que, por más que los avances hayan sido destacados en los últimos tiempos, la digitalización judicial solo es una idea ejecutada en sus primeras y más básicas nociones pero, todavía, menesterosa de puntos tan elementales como conexiones de alta velocidad o comunicación interna de datos y aplicaciones.

No se entiende cómo, en la era digital, no se  pueda garantizar un sistema de gestión judicial que permita el desarrollo del servicio de justicia de manera remota.

Previo a la situación que se generó por la pandemia desde los distintos sectores de la justicia se esperaba con ansiedad la puesta en marcha de la tan mentada digitalización de los expedientes judiciales.

El aislamiento social preventivo y obligatorio dictado por el Poder Ejecutivo mediante el DNU 297/2020, puso sobre la mesa la imperiosa necesidad existente de la digitalización de la justicia, entenderse como una reforma comprehensiva, sistémica e integral.

El cambio debe englobar la posibilidad de comunicar y requerir digitalmente la mayor cantidad de actos a los organismos públicos centralizados y descentralizados. Esta reforma incluye a múltiples ministerios y organismos públicos, por lo que demandaría un esfuerzo mancomunado de la política y la justicia en su conjunto.

Justicia digital engloba un universo de procesos desde la digitalización de los expedientes y su tramitación hasta la incorporación de juicios virtuales o la interoperabilidad de los datos de la policía y su interacción.

Se trata de un cambio institucional que involucra múltiples reformas normativas, organizacionales y culturales ante la adopción de nuevas tecnologías. En un sistema de justicia digital es necesario modificar las leyes mismas que regulan al sector justicia.

En el Chaco se inició el proceso de modernización e informatización de la justicia argentina mediante la incorporación de distintas funciones electrónicas para el acceso a la información en el Sistema de Gestión Judicial que brinda el Superior Tribunal a través de su página web, a saber  notificaciones electrónicas (faltan incorporar Juzgados de Paz y Familia), presentación digital de escritos, consulta de expedientes en línea (únicamente disponibles los proveídos con las fechas de firma del expediente solicitado, consulta de cuentas bancarias, oficina de mandamiento y notificaciones de la Primera Circunscripción, servicio de confección de planillas, servicio de confección de cédulas y mandamientos, etc.

Un claro ejemplo de la situación actual se presenta cuando se envía un escrito digital, este servicio solo redunda en herramienta útil para el profesional, pero no agiliza el trámite del expediente debido a que, recibido el escrito, el juzgado lo imprime y lo agrega al expediente en soporte papel, sumando una tarea más al personal judicial.

La necesidad de la digitalización de los expedientes judiciales debe estar acompañada de herramientas que permitan además la ejecutoriedad de las resoluciones judiciales, y de una conectividad real entre las dependencias centralizadas y descentralizadas.

Actualmente en el fuero civil se efectúan algunos pedidos de informes o remisión de expedientes por oficio electrónico casi en forma automática, agilizando considerablemente el trámite procesal. De igual manera las resoluciones judiciales se deberían comunicar en forma interna a la Oficina de Mandamientos y Notificaciones y vía mail oficial al profesional, el que quedará autorizado y contará con la misma descargando en su dispositivo móvil con firma digital y un código QR.

Para generar un verdadero cambio necesitamos la interacción de los profesionales en actividad, empleados judiciales y el departamento de informática del STJ, para escuchar las opiniones de todos los involucrados.

La primer medida debería ser la tendiente a agilizar el sistema eliminando los comprobantes de tributos para los pedidos de informes o aquellos que acrediten el cumplimiento de una resolución judicial por la que se requiera un mero trámite ante un organismo público.

Se podría incorporar una plataforma de acceso on-line para cada organismo en el cual se registren los pedidos de informes y se expida una constancia digital de haber cumplido con el trámite; la contestación  debería incorporarse directamente al expediente en forma on-line según los datos proporcionados en la resolución. De esta forma se podrá agilizar sustancialmente el trámite del expediente, verbigracia en un juicio sucesorio la publicación de edictos y la constancia de publicación en el Boletín Oficial sigue efectuándose a la vieja usanza, como cualquier transacción comercial. Así también con los demás informes que se requieren para la declaratoria – Registro de juicios universales, Colegio de Escribanos, Bancos, etc.-.

Que no se entienda que la carga de la tramitación debe sumársela al personal judicial porque no lo he pensado de esa forma, se podría habilitar un código QR por ejemplo, del que de su lectura se desprenda la manda judicial del pedido de informe, y utilizándose idéntico procedimiento por parte del organismo al cumplir con lo solicitado. De esta forma el profesional, al efectuar la lectura del mismo, tendría acceso a la información solicitada con su respectiva factura, siendo suficiente la descarga y envió digital del código o la información que se desprende de él para tener por cumplido dicho informe.

De la misma forma se podrían registrar embargos, anotaciones, pedir actas de nacimiento y partidas de defunción, etc. en los distintos organismos públicos y privados, reduciendo en un 40% el tiempo que actualmente demandan traduciéndose en un ahorro significativo para el Poder Judicial. 

En la misma sintonía, y para contrarrestar la paralización judicial es fundamental la habilitación del trabajo home office de magistrados, funcionarios y empleados, generándose claves únicas de acceso, y la incorporación de firma digital para los jueces (actualmente solo está habilitado para los secretarios de juzgados), de esta forma poder ejecutar sus resoluciones con la celeridad que demanden las acciones, minimizando de esta forma la desprotección del justiciable.

Instalar en los espacios físicos de los juzgados puestos de auto consulta que funcionan mediante touchscreen (pantalla táctil) en las distintas sedes tribunalicias a través de los cuales todos los operadores del Sistema de Justicia visualicen -on line-, todas las actuaciones judiciales, ya sean: escritos, autos, decretos, resoluciones o sentencias, con su correspondiente texto asociado, sin necesidad de concurrir personalmente a la mesa de entradas del juzgado.

Con la implementación de estas y otras funciones digitales, la justicia experimentaría un aumento de la transparencia en los datos por las partes implicadas en un caso. Esto es una garantía adicional de imparcialidad de la Justicia digital, a la vez reducen las oportunidades de corrupción en las diferentes instancias procesales.

Actualmente la digitalización de la Justicia es sólo un deseo una necesidad, un anhelo; no una realidad.

 

(*) Dr. Edgardo Pablo Gleizes, Abogado, Procurador, Mediador, Diplomado en Derecho Laboral, Especialista en Asesoramiento de Empresas.

Compartir esta nota: