Medios alternativos de resolución de conflictos. ¿Una solución rápida o un juicio largo?

Medios alternativos de resolución de conflictos. ¿Una solución rápida o un juicio largo?

Medios alternativos de resolución de conflictos, es como un nombre ostentoso, pero, ¿Cuáles serían estos medios? ¿Son efectivos estos mecanismos? ¿Es mejor que litigar en tribunales? Para tratar el tema, “Equipo de Noticias” que se emite por radio LT7 y canal 13 Max, entrevisto al Dr. Jose Maria Gonzalez director del Estudio Juridico LegalNea. 

 

[Dr. González] Es de esas palabras que en ciertas ocasiones asustan un poco, pero justamente la idea al comienzo de todo año judicial, es revalorizar esta forma de resolver los conflictos y tienen que ver básicamente con que los abogados no siempre estamos involucrados con la cultura de la negociación, muchas veces preferimos el litigio, confrontar, ir a tribunales. Está visto que la solución judicial siempre llega tarde, con lo cual no es una solución efectiva.  Entonces esta es una de las formas de negociación a la que hay quitarle esa especie de tono negativo, ya que en realidad la negociación es una forma de resolver los conflictos, donde las partes necesariamente tienen que ceder en algunas de sus pretensiones, encontrar un punto de equilibrio y privilegiar la solución al problema de manera rápida y segura, siendo el acuerdo judicial o extra-judicial y de esa manera poder avanzar. No es bueno quedarse en los conflictos y menos estar con la expectativa de resolver un conflicto judicial para salvar su vida ya que la verdad es que muy pocas veces un juicio es una salida rápida ni efectiva. 

 

Es muy distinto al sistema judicial de Estados Unidos?, donde vemos en series por ejemplo que todo se negocia?. Van las partes a los estudios jurídicos, llegan a un acuerdo y eso después se lo llevan al juez, pero negocian absolutamente todo, incluso hasta causas penales ¿Eso es un medio de resolución de conflictos? ¿Funciona así también en Argentina?

 

[Dr. González] Si, esa es una forma alternativa de resolver los conflictos en los Estados Unidos, que es de alguna manera el paradigma, el modelo llamémosle así, incluso con sus aspectos negativos, porque en una negociación, muchas veces también es cierto que se impone la voluntad del más fuerte, y esto lo vemos muchas veces en las películas por ejemplo al negociar las penas porque no se tienen medios de prueba para poder probar la teoría del caso, la posición de la defensa. En el area penal en Argentina, se está avanzando cada vez más, por ejemplo al darle facultades a los fiscales y obviamente reconocer la facultad de las partes para poder establecer acuerdos como una forma de avanzar en la causa penal, y, de alguna manera reparar la situación. Un ejemplo claro lo tenemos en la resolución del famoso caso de la fiesta clandestina que termino en la mayoría de los casos con una "probation" o con una propuesta de reparación efectuada por cada uno de los imputados avaladas por el juzgado, esa es una manera de no llegar a juicio ya que hubiese sido largo y complejo, con alrededor de 200 o 300 imputados y se busca de esa manera, mediante un medio alternativo poner fin al proceso penal y que eso le signifique de alguna manera reparar el daño actual o potencial causado, asi tambien que la sociedad vea que de ese modo se llegó a un resultado  en lugar de estar esperando 4 o 5 años por un juicio que   muchas veces no se hace por que prescribe, etc.

 

¿Quién elige este medio alternativo, el juez establece que determinada causa, en vez de judicializarse vaya a una mediación o son las partes?

 

[Dr. González] Hay que distinguir de acuerdo al tipo de proceso de que se trata, si es una cuestión penal, en Argentina está todo muy limitado, muy acotado haciendo la comparación con las películas o las series americanas, En Argentina yo no puedo pactar tan sencillamente como se ve en las películas una pena de homicidio o un delito grave digamos. Sin embargo hay juicios abreviados, hay formas de llegar a una sentencia en base a un acuerdo, pero no es tan sencillo como en las películas. Ahora en materias civiles, laborales, comerciales, pero sobre todo en materias civiles, comerciales y de familia, la mediación también es un medio alternativo por excelencia. En Corrientes uno puede hacer la mediación extrajudicialmente, en donde estamos acostumbrados a decir : que les parece si antes de presentar una demanda o hacer un juicio, hacemos una mediación, convocamos un mediador a ver si nos ayuda a ponernos de acuerdo, y la otra forma de mediación es la judicial en donde, cuando llega un expediente al juzgado, el juez puede de oficio o a pedido de las partes remitir al centro judicial de mediación. Es importante decir que en Corrientes el centro judicial de mediación realmente es un centro modelo por la manera que tiene de resolver las cosas, de implementarse la mediación, fueron pioneros en lo que es la mediación a través de medios electrónicos cuando todavía no había pandemia, hay casos con partes en el extranjero u otras provincias y con un sistema de mediación judicial en el marco del expediente por ejemplo.

 

¿Cuál es la reacción de la mayoría de los clientes? ¿Quieren la solución por este medio alternativo o quieren ir a un juicio e iniciar todo el expediente judicial?

 

[Dr. González] La realidad es que la cultura de los medios alternativos de resolución de conflictos tampoco está en la gente, anoche por ejemplo viene una persona al estudio que me había traído unos papeles de empedrado para reiniciar un desalojo, una acción de reivindicación con una persona que había entrado como comodatario y que no quería salir de su terreno. Entonces le digo que en Empedrado hay un muy buen juez de paz que donde se abrió la competencia de familia ¿Qué le parece si promovemos una demanda conciliatoria? le decimos al juez que estamos en un conflicto pero que antes de hacer un juicio queremos tener una conciliación, y enseguida la reacción es pensar:  "¿por qué tenemos que negociar, si yo tengo derecho porque tengo que ceder?". Lo que se necesita y lo que los abogados tenemos que aprender es a perder diez minutos más de nuestro tiempo y hacer un poquito de docencia y generar esta cultura de buscar resolver las cosas no siempre por un juicio. Si nosotros bajamos la "cantidad" de juicios, lo que vamos hacer elevar la "calidad" de los juicios, porque la verdad es que ni los abogados ni el sistema judicial está en condiciones de tolerar la cantidad de juicios que se presentan. El tema es que esa razón que yo creo tener puede demorar años hasta que un juez lo diga y eso quede firme, y no necesariamente después de esa sentencia se va a ajustar a esa razón que yo creía tener. Muchas veces los juicios no se ganan por el hecho de tener razón, hay una cuestión muy técnica, muy difícil, burocrática y engorrosa y uno teniendo la razón puede perder un juicio o perder tiempo. Una persona que está impedida de acceder a su inmueble como este caso y la perspectiva es litigar en un juicio de 1 , 2 o 3 años (mientras tanto yo no tengo mi terreno como en este caso) y de pronto un acuerdo donde en 3 meses con la garantía del aval judicial yo puedo tenerlo, la ecuación cambia y la persona lo mira de otro modo.

 

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